La legalidad de los contratos inteligentes desde la perspectiva de la Ley de Contratos de la India
DOI:
https://doi.org/10.15175/w0ztm173Palabras clave:
Estado de derecho, inteligencia artificial, caja negra, contrato inteligente, contrato tradicionalResumen
Los contratos inteligentes, una tecnología revolucionaria que ofrece una alternativa digital a los contratos convencionales, gozan de gran popularidad. También conocidos como contratos digitales automatizados, se están volviendo comunes en varios países debido a su eficiencia y transparencia. Diversos foros nacionales e internacionales han coincidido en que los contratos inteligentes podrían alterar la ejecución de los contratos e impulsar el desarrollo económico en la India. Por ello, es crucial comprender la postura de la Ley de Contratos de la India (ICA) de 1872 sobre los contratos inteligentes. La ICA exige comprobar la validez contractual de los contratos inteligentes antes de adentrarse en el inexplorado mundo de la contratación digital autónoma y anónima. Este experimento plantea numerosos problemas, especialmente dada la estricta estructura procesal de la ley. Este artículo refuta la afirmación de que los contratos inteligentes deberían regularse mediante la autorregulación. En cambio, el autor prefiere una interpretación amplia del derecho contractual sustantivo para armonizar los contratos inteligentes bajo la ICA, respetando la flexibilidad del derecho consuetudinario. Se demuestra que los contratos inteligentes se basan en los mismos principios que los contratos de derecho consuetudinario y profundiza nuestra investigación en el marco del derecho y la jurisprudencia de la India. Enfoques similares de otros países respaldan esta perspectiva. Si bien muchas legislaciones requieren cambios, se cree que no se necesita una ley de contratos inteligentes. El artículo concluye proponiendo soluciones a los posibles obstáculos que puedan surgir debido al enfoque actual.
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Referencias
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